Sí, gracias al comentario de nuestra amiga ÁNGELA (INFOCELIAQUÍA), hemos podido leer en la Web de AESAN (AGENCIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN), en su sección de noticias, una fechada el 20.02.2009 en la que nos informan sobre el REGLAMENTO 41/2009 SOBRE COMPOSICIÓN Y ETIQUETADO DE PRODUTOS PARA PERSONAS CON INTOLERANCIA AL GLUTEN. Comentando, que se espera una corrección de errores en el texto del Reglamento, y que entre otras modificaciones, están las relativas a las denominaciones de venta de los productos que deberán ser (eso parece):
“SIN GLUTEN” en lugar de “EXENTO DE GLUTEN”
“MUY BAJO EN GLUTEN” en lugar de “CONTENIDO MUY REDUCIDO EN GLUTEN”
En nuestra opinión, es muy lamentable que se hayan equivocado en la traducción. Que lo único importante por corregir sea que se vuelva a denominar los productos "sin gluten" en lugar de "exentos en gluten" ¿que traductores tienen en estas comisiones y como se lo han leído los Eurodiputados españoles?