Guía Establecimientos

miércoles, 18 de febrero de 2009

SINCERAMENTE, PREFERIRÍAMOS HABERNOS EQUIVOCADO SOBRE EL REGLAMENTO EUROPEO

El día 20 de enero pasado, se aprobó el Reglamento (CE) Nº 41/2009 sobre la composición y el etiquetado de productos alimenticios para personas con intolerancia al gluten. Ayer, tras casi un mes, la ASOCIACION DE CELÍACOS DE MADRID (ACM), en su boletín digital nº 51 ha publicado una serie de apreciaciones al Reglamento con esta nota:


“La Asociación de Celiacos de Madrid (ACM) se muestra contraria al contenido del actual Reglamento europeo sobre etiquetado de los alimentos sin gluten, que recoge entre otros aspectos, que los productos especiales de hasta 20 mg de gluten/kg deberán reflejar en sus etiquetas que son “exentos de gluten”, mientras que los de hasta 100 mg de gluten/kg habrán de especificar claramente que tienen un “contenido muy reducido de gluten”. Para ACM este Reglamento supone un claro paso atrás para el colectivo de celíacos que residen en España, donde, a pesar de no existir ninguna normativa al respecto, hace años que los productos elaborados que se etiquetan “sin gluten” no pueden contener en ningún caso más de 20 mg de gluten/kg.

El retroceso también es evidente al permitir, como hace el Reglamento europeo mencionado, que el almidón de trigo o la avena puedan utilizarse para elaboración de estos productos en cualquiera de las categorías antes mencionadas, puesto que en el caso de España se había conseguido que ninguno de estos ingredientes, nocivos para la salud de los celíacos, formasen parte de las fórmulas de estos productos “sin gluten”.